En Massachusetts, el tipo de orden de alejamiento que generalmente se pide en casos de violencia doméstica se llama 209A. Esta clase de orden de alejamiento es para relaciones particulares y ofrece protecciones específicas contra el abuso futuro.
No. Una orden de alejamiento es una orden civil. No castiga a alguien por algo que pudiera haber hecho en el pasado, sino que le exige que no abuse en el futuro. Violar un orden de alejamiento es un delito penal.
El 209A no cuesta nada y no es necesario tener abogadx para conseguirla.
La orden de alejamiento protege contra una persona con quien hayas tenido una relación íntima “significativa”; alguien que vive o que ha vivido en tu casa; el padre o la madre de tu hijx menor de edad; un pariente o cónyuge actual o antiguo. Las órdenes de alejamiento no toman en cuenta la orientación sexual, el género, la edad o el estatus legal de una pareja.
En Massachusetts, para conseguir una orden de alejamiento contra alguien, es necesario que la persona:
Es lamentable que exista un énfasis tan grande en el daño físico puesto que las personas abusadoras utilizan una gran variedad de tácticas y muchas de ellas controlan a sus parejas de forma eficaz sin usar la violencia física. Si estás pensando en conseguir una orden de alejamiento pero tu pareja no te ha golpeado, recuerda que “daño físico” y “amenaza de daño físico” se pueden interpretar de muchas maneras. Quizás la persona que te está abusando te haya negado medicamentos imprescindibles o haya conducido el automóvil de una manera peligrosa y te haya hecho creer que se iban a estrellar, etc. Quizás te haya dicho algo como, “nunca te permitiré salir” o “si yo no puedo tenerte, nadie más puede”. Si tienes miedo pero no sabes si puedes conseguir una orden de alejamiento, puede ser útil que hables con alguien de la línea de crisis de The Network/La Red o una defensora para víctimas o testigos en el tribunal u otro programa contra la violencia doméstica para que te ayude a determinar exactamente lo que te está causando miedo y si tiene consecuencias legales.
¿Cómo puede protegerme una orden de alejamiento?
Al solicitar una orden de alejamiento, puedes pedirle al juez o la jueza que dicte que la persona que te está abusando:
- no te abuse de ahora en adelante (esto se conoce como “protección del abuso”)
- salga del apartamento o la casa si viven juntxs (una “orden de desalojo”). No importa (por lo menos temporalmente) si la hipoteca o el contrato de alquiler está a su nombre. También es válido en las residencias universitarias y viviendas de varias familias, incluso si por ejemplo sus padres son dueños de la casa y viven en el piso de arriba. La persona que te está abusando solo puede volver acompañado por la policía y solo para buscar sus pertenencias
- entregue cualquier arma de fuego, licencia para llevar armas de fuego, etc.
- se mantenga a cierta distancia de ti
- no te contacte directamente o a través de otra persona (p. ej. amistades, colegas o parientes)
- te reembolse por los gastos relacionados al abuso
- te pague manutención infantil temporaria
Además, puedes pedir lo siguiente:
- Que tú recibas custodia temporal de lxs hijxs menores de edad que tengan en común. Es probable que esto aplique solo a menores con quienes tengas una relación legal, p. ej. si eres la madre o el padre biológicx o adoptivx, o el tutor o la tutora legal. De lo contrario, habla con un/a abogadx que conozca las leyes relacionas a la violencia doméstica y las familias LGBQ/T.
- Cualquier otra cosa que necesites para sentirte segurx, p. ej. que la persona que te está abusando te devuelva tu pasaporte u otra forma de identificación, sus llaves de la casa y/o el automóvil, el abridor del portón del garaje, etc.
¿Dónde puedo conseguir una orden de alejamiento?
Durante las horas laborales, puedes conseguir una orden de alejamiento en cualquier tribunal (de distrito, testamentario o superior) que tenga jurisdicción sobre el lugar donde vivías cuando el abuso ocurrió, o donde vives ahora si te has mudado de casa. Los tribunales superiores no trabajan con frecuencia con las órdenes de alejamiento y generalmente no saben tanto de la violencia doméstica o de los asuntos de las comunidades LGBQ/T como los otros tribunales. Es probable que personas que apoyan a las víctimas o testigxs estén disponibles en el tribunal de distrito, que es el tribunal penal local. Estas personas trabajan a través de la oficina de la fiscalía del distrito y te pueden ayudar con el proceso y si decides presentar cargos criminales. También puedes contactar a The Network/La Red: te podemos ayudar y posiblemente acompañar al tribunal. Debes saber que las órdenes del tribunal testamentario (el cual tiene jurisdicción sobre asuntos familiares) que tengan que ver con custodia, visitas o manutención automáticamente toman precedencia sobre cualquier orden de alejamiento que pudo haber sido otorgado por el tribunal de distrito.
Después de las horas laborales y durante los días festivos o fines de semana, puedes conseguir una orden de alejamiento a través de la policía. Hay que tener una razón inmediata para solicitar una orden de emergencia: no puedes hacerlo solo porque no pudiste llegar a tiempo al tribunal. Es probable que tengas que ir a la comisaría de policía para conseguir al orden. Cuando llegues, la policía contactará a un juez o una jueza de turno que escuchará tu historia y decidirá si te otorgará la orden o no. Si recibes una orden de emergencia, tendrás que ir al tribunal el próximo día laboral para renovarla; si no lo haces, se cancelará. Si no puedes ir a la comisaría local, puedes contactar a la policía estatal.
¿Qué ocurrirá cuando vaya al tribunal?
Si lo deseas, alguien de The Network/La Red u otro programa contra la violencia doméstica puede acompañarte. Vas al escritorio del secretario y le dices que quieres conseguir una orden de alejamiento. Te dará algunos formularios. Uno será para la orden de alejamiento. Te preguntará tu nombre y dirección y el nombre y dirección de la persona que te está abusando. Puedes llenar otro formulario para pedir que no compartan tu dirección si no quieres que la persona que te está abusando sepa donde vives. También habrá una serie de secciones para verificar que la orden 209A es apropiada (p. ej. te preguntarán el tipo de relación, el tipo del abuso, etc.) y preguntar qué tipos de protección quieres.
Te pedirán que describas el abuso en un afidávit aparte. Esto es para darles más información sobre lo que te ha pasado para que el juez o la jueza pueda decidir si se justifica una orden. Aunque pueda ser difícil, doloroso o vergonzoso, la idea detrás del afidávit es esta: Todas las personas tienen ciertos derechos básicos garantizados por la Constitución, incluida la libertad de expresión y asociación. Cuando un juez o una jueza otorga una orden de alejamiento, el tribunal limita algunos de los derechos básicos de la persona y le dice que no tiene el derecho de decir lo que quiera, ir donde quiera o actuar como quiera. Entonces, el tribunal quiere saber que existe una buena razón bajo la ley. Bajo la orden 209A, existe suficiente justificación si el juez o la jueza tiene razón de creer que la persona que te está abusando, al hacer o decir como plazca, le ha causado daño a alguien o le ha amenazado. Tu afidávit proporciona esta información.
Después de llenar los formularios, el secretario llenará un formulario e irás al tribunal para comparecer ante un juez o una jueza. Aunque no es necesario, la mayoría de los jueces y juezas oyen los casos de órdenes de alejamiento en lo que se llama “sidebar”: en vez de estar de pie delante de un micrófono frente al tribunal entero, te pones de pie junto al banco del juez o la jueza para que sea más privado. El juez o la jueza te pedirá que describas lo que te ha pasado. Puedes repetir lo que está en tu afidávit. Si tienes documentación –como el historial médico, informes policiales, mensajes de voz, cartas o notas, correos electrónicos, tu diario de vida, testimonios o afidávits de algún testigo, etc.– puedes decírselo al juez o la jueza para que pueda verlo si quiere.
Si e juez o la jueza otorga la orden, será una orden temporal que dura aproximadamente diez días. El juez o la jueza te dará una fecha para que vuelvas; esto se conoce como “la audiencia de diez días”. Volverás a la oficina del secretario para recibir una copia final de la orden temporal. El tribunal guardará una copia y la policía recibirá dos copias. La policía guarda una de ellas y le entrega la otra a la persona que te está abusando. La orden no entra en vigor hasta que se le entregue a la persona. Entonces, cualquier información que puedas proporcionar acerca de dónde pudiera estar sería útil, como, por ejemplo: cuándo está típicamente en casa, donde trabaja y su horario de trabajo, dónde pasa el tiempo y a qué horas, etc.
¿Qué ocurre en la audiencia de diez días?
En la audiencia de diez días, el juez o la jueza decide si va a renovar la orden, lo cual puede hacer hasta por un año. La persona que te está abusando tiene el derecho de comparecer ante el tribunal, con o sin abogadx, para argumentar en contra de la orden de alejamiento. Si no aparece y tú sí, es probable que el juez o la jueza renueve la orden con todas las protecciones incluidas en la orden temporal. Si tú no apareces, la orden será cancelada automáticamente. (Si tú la cancelas, puedes volver a pedir otra en el futuro). Si tú y la persona están ahí, el juez o la jueza escuchará a cada parte y determinará si va a renovar la orden o no. Vale recalcar que si tienes documentación, será útil llevarla a esta audiencia. Aunque no necesites abogadx en la audiencia de diez días, te alentamos a que vayas con unx, especialmente si piensas que la persona que te está abusando tendrá abogadx. Tu abogadx debe tener experiencia con casos de violencia doméstica y es preferible que entienda como se parecen a los casos de violencia doméstica en las comunidades GLBQ/T y como se diferencian. Muchas facultades de derecho, oficinas de asistencia legal y programas contra la violencia doméstica pueden recomendarte o proporcionarte abogadx. También, unx defensorx de The Network/La Red u otro programa contra la violencia doméstica puede acompañarte para proporcionarte apoyo, pero esta persona no puede repreguntar a la persona que te está abusando u oponerse a las preguntas de su abogadx.
Si se otorga la orden, debes llevarla contigo todo el tiempo y darle una copia a cualquier persona que la necesite para preservar tu seguridad o la de tus hijxs, como, por ejemplo, la persona que cuida de tus hijxs, su escuela, tu jefe, etc.
¿Qué ocurre si el juez o la jueza otorgan órdenes mutuas?
La ley 209A, los Estándares de Conducta Judicial y una decisión reciente de la Corte Suprema Judicial insisten que las órdenes de alejamiento mutuas no se den excepto bajo circunstancias especiales. Puesto que dan la impresión equivocada que el maltrato es mutuo y pueden ser confusas al momento de hacerlas cumplir, si un juez o una jueza otorga una orden mutua también debe proporcionar “conclusiones por escrito de los hechos” para explicar las circunstancias que la justifican. También debe proporcionar instrucciones por escrito para que la policía sepa a quien arrestar si hay se viola la orden. Puedes apelar si se otorgan órdenes mutuas o si el juez o la jueza no cumple con los requisitos.
¿Qué ocurre si la persona que me está abusando viola la orden?
Violar una orden de alejamiento es un delito criminal. Puedes llamar a la policía y presentar una denuncia. Si por alguna razón no arrestan ni presentan cargos contra la persona que te está abusando, tú puedes presentar cargos en el tribunal. Puede ser útil hablar con unx defensorx de víctimas o testigos para que te ayude con este proceso.
Si ocurre un incidente, para muchxs sobrevivientes es útil mantener un diario donde anotan lo que sucedió, la fecha y la hora, así como a quién se le presentó la denuncia de la violación y la fecha y hora de esta. Es probable que también sea útil guardar copias de cualquier cosa que le entregues a la policía o el tribunal, tales como récords del teléfono, notas, grabaciones, fotos, diarios de vida o informes médicos. Si recibes un mensaje de voz, sería buena idea grabarlo en una cinta porque algunos sistemas no guardan mensajes por más de treinta días.
Si vas a un lugar público como un restaurante, supermercado, etc., y la persona a quien nombras en la orden de alejamiento está allí, se le puede pedir que se vaya. Este tipo de incidente puede o no ser una violación de la orden. Es posible que no sea una violación si la persona no sabía que tú estabas en el mismo lugar público. Si hay razón de creer que sí sabía, puede considerarse una violación de la orden de alejamiento. Si la persona no cumple con los términos de la orden en cuanto sepa que estás allí, sí es una violación de la orden.
Violar una orden de alejamiento es un desacato al tribunal y las posibles consecuencias son:
- Detención o encarcelamiento inmediato.
- Cargos de delito menor o grave y, de ser declaradx culpable, encarcelamiento o multas.
- Sentencia suspendida y orden a asistir a un programa de intervención de abuso como Emerge.
¿Puedo violar mi propia orden de alejamiento?
Técnicamente no. No es una orden en contra tuya. Aun si tú decides contactar a la persona, ella estará en violación de la orden si tiene contacto contigo. Sin embargo, si se pone abusivx es menos probable que la policía haga cumplir la orden bajo esas circunstancias. Si decides reconciliarte con la persona, puedes llamar al tribunal y cancelar la orden o volver al tribunal y enmendarla. Por ejemplo, puedes cambiar “no contactar” a “no abusar”.
Si cancelas la orden de alejamiento en contra de esa persona y sigue siendo abusivx, puedes volver al tribunal y pedir otra orden de alejamiento. Algunas personas tienen vergüenza o miedo de volver al tribunal después de cancelar una orden de alejamiento. Pero no hay nada malo en pedir una nueva. Mereces seguridad, y si necesitas una orden de alejamiento para protegerte, la debes de conseguir. La persona que te abusa es la que debe sentir vergüenza.